martes, 22 de enero de 2013

Victoria patronal y capitulación sindical en Francia

El estallido de la guerra en Mali ha eclipsado un tanto el acuerdo firmado el 11 de Enero entre la patronal francesa y tres organizaciones sindicales. Volvemos a él ya que se trata de su suceso importante, representativo de una tendencia a la capitulación de sectores sindicales frente a la ofensiva de la austeridad de la patronal. Esta tendencia se observa en toda Europa, especialmente en Bélgica, y es por desgracia mayoritaria. Además, el acuerdo francés tendrá igualmente repercusiones en nuestro país.

El acuerdo del 11 de Enero firmado por la patronal y tres sindicatos (CFDT, CFE-CGC y CFTC) es una etapa en las relaciones sociales francesas. Sin embargo, frente a los titulares, un acuerdo de este nivel más bien confirmará retrocesos en los salarios. Los “nuevos derechos para los asalariados” son muy limitados, mientras que las reivindicaciones patronales de gran alcance son satisfechas. ¿Cuáles son estos nuevos “derechos”? El famoso aumento de cotización (incorrectamente llamado “tasación”) de los contratos a tiempo determinado se limita: +0,5 hasta +3 puntos en función del tipo o la duración del contrato, de menos de uno a tres meses. Puede ser fácilmente eludido: al alargar la duración de los contratos más cortos más allá de los umbrales; reemplazando los contratos a tiempo indeterminado por contratos temporales, que pueden ser realizados utilizando el período de prueba de contrato permanente. Difícil de creer, por lo tanto, la eficacia de esta medida.

El coste de este dispositivo se estima en 110 millones de euros para los empresarios, pero obtienen en compensación una reducción de las cotizaciones sociales de 155 millones de euros para la contratación de contratos permanentes de jóvenes de menos de 25 años. Se podría hacer la misma demostración en casi la totalidad de las conquistas del convenio de acuerdo. ¿Derechos recargables para los desempleados? La discusión concreta se hará con la renegociación del acuerdo sin “agravar el desequilibrio financiero del régimen de seguro del desempleo”.

Traducción de la frase anterior: lo que se les dará a algunas de las personas desempleadas será extraído a otras. ¿La cobertura sanitaria complementaria generalizada? Ésta se reenvía a la negociación del ramo, y en caso de fracaso, en 2016 todas las empresas estarían obligadas a asegurar la cobertura de una “cesta de cuidados”, todo financiado por medio de los asalariados. La patronal, a su vez, puede felicitarse por el acuerdo. Gana una mayor flexibilidad y seguridad jurídica. En primer lugar, la conclusión de los “acuerdos de competitividad-empleo” deseados por Nicolas Sarkozy, calificados como “acuerdos de mantenimiento del empleo”, se ha hecho posible. Un empleado que lo rechazara sería despedido por razones económicas, y si los trabajadores que lo rechazan son más de diez, sin las obligaciones de un despido colectivo. De hecho, el contrato de trabajo no podrá resistir al acuerdo colectivo, incluso si es menos favorable para el trabajador.

Igualmente se podrán revocar mediante contrato de la empresa mayoritaria los procedimientos de despido colectivo. En ausencia de tal acuerdo el procedimiento y el plan social sería el objeto de una homologación por la administración. Los plazos de contestación serán drásticamente reducidos: 3 meses para contestar al acuerdo u homologación (actualmente 12 meses), 12 meses para un trabajador que recurra su despido (ahora 5 años).

Una política de inspiración liberal
Todo se hace para evitar que el tribunal judicial se involucre como desea el MEDEF para “asegurar las relaciones laborales”. La guinda del pastel es el artículo 26, que restringe el acceso al juez del tribunal laboral: el establecimiento de un plazo máximo de 2 años para cualquier queja de la ejecución o ruptura del contrato de trabajo (salvo discriminación) y de 3 años para solicitar un salario bajo el contrato (frente a los 5 años actuales). Por último pero no menos grave, las competencias de los comités de empresa se reducen por diversas disposiciones y un plazo de 3 meses se concede a los trabajadores para organizar la elección de los delegados del personal y del comité de empresa una vez hecho efectivo desencadenando la obligación. ¡Es el colmo!

Este acuerdo no hará reducir la precariedad laboral, ni el paro ni creará empleo, sino que hará retroceder un poco más los derechos de los asalariados, empezando por los más precarios de entre ellos, en particular las mujeres. Ha sido firmado por tres sindicatos que han congregado en las últimas elecciones sindicales no más del 38,7% de los votos (y el 28,11% en el referéndum de representatividad celebrado recientemente en las TPE-PME).

Si las reglas de validez permiten considerar este acuerdo como “mayoritario”, parece sumamente problemático que pueda ser incluido en la ley, a pesar de que ha sido firmado por las organizaciones que no representan más que una minoría de los sindicatos y asalariados. La mayoría de la izquierda en el Parlamento no fue elegida para llevar a cabo una política de inspiración tan netamente liberal.

Denis Auribault, Guillaume Etiévant y Laurent Garrouste, miembros de la Fondation Copernic para la LCR en Le Monde.fr

http://www.lcr-lagauche.be/cm/index...

Traducción de Tomás Martínez para Izquierda Anticapitalista

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